miércoles, abril 24, 2024

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NECOCHEA: Los peligros de la pirotecnia. Recomendaciones para un festejo seguro. Informe de Defensa Civil.

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La Dirección de Defensa Civil, y la Brigada de Explosivos de Necochea, brinda una serie de recomendaciones para el uso adecuado de artefactos de pirotecnia en estas fiestas.


El uso de elementos de pirotecnia se debe hacer a una distancia mínima de 300 metros a la redonda de hospitales, clínicas, estaciones de servicio y sitios donde haya aglomeraciones públicas.

No deje a los niños manipular solos estos materiales, ya que pueden ocasionarles graves accidentes especialmente en manos, cara y ojos. Por tal motivo el encendido de los mismos debe estar hecho por adultos y los niños deben ser únicamente espectadores.

No experimente ni mezcle los productos pirotécnicos.

Denuncie a la Dirección de Inspecciones de la Municipalidad la venta o almacenamiento irregular de estos materiales. Puede salvar muchas vidas.

Si no conoce la forma de utilizar el producto, siga las instrucciones del envase (los autorizados tienen las instrucciones).

Al descorchar botellas de bebidas espumantes hágalo con sumo cuidado. El corcho suele ser un proyectil que frecuentemente causa trauma ocular. Dirija siempre la expulsión del mismo hacia donde no genere riesgos.

Si el producto presenta desperfectos en la envoltura o mecha no lo compre, el riesgo es muy grande.

El mal uso de estos elementos no solo puede afectar su salud sino la de los demás personas y también los bienes materiales de las mismas, ya que muchas veces se originan incendios u explosiones.

Si utiliza estos productos tenga a mano un recipiente con agua, para volcarle a los elementos ya utilizados.

Después de utilizar elementos de pirotecnia, recuerde lavar sus manos con agua y jabón.

Al encenderlos no los sostenga en la mano déjelos en el suelo.

No lleve artículos pirotécnicos en los bolsillos. Úselos al aire libre y en lugares despejados.

No introduzca artificios pirotécnicos en envases de vidrio.

No se permite la venta de pirotecnia en comercios vinculados con combustibles o en la vía pública por ningún concepto y bajo ninguna circunstancia.

Solo los comerciantes habilitados con instalaciones adecuadas podrán ofrecer artificios de fuego, debidamente rotulados ( Ley 20.429).

El expendio involucra únicamente los elementos debidamente autorizados por fabricaciones militares.

El expendio de artículos pirotécnicos de alto poder está prohibido a menores de 16 años en todo el territorio de la República Argentina ( Ley 20.429 Decreto Reglamentario 302/83).