jueves, marzo 28, 2024

Locales

NECOCHEA: Proyecto enfermos oncológicos

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El Concejal del Partido Socialista Mario La Battaglia presento hoy un proyecto de Resolución en el que se solicita al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires que reglamente la Ley 11158.

Esta Ley declara de interés provincial la investigación, prevención, diagnóstico, tratamiento, recuperación, rehabilitación y educación sanitaria del Cáncer y enfermedades afines, con el objeto de programar la lucha y acciones en Ontología, en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires.

Entre el articulado de la misma establece un régimen específico de subsidios para el enfermo canceroso que cubra los gastos derivados de su enfermedad como son el traslado, hospedaje, diagnóstico y tratamiento y alimentación en caso de carencia de recursos económicos propios y de su núcleo familiar, crea un «Fondo Provincial de Lucha Contra el Cáncer», la creación de Centros de Alojamiento para enfermos ambulatorios y terminales y sus familiares.

VISTO

Que la Honorable Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sanciono la Ley 11.158, norma que declara de interés provincial la investigación, prevención, diagnóstico, tratamiento, recuperación, rehabilitación y educación sanitaria del Cáncer y enfermedades afines, con el objeto de programar la lucha y acciones en Oncologia, en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires.-

Y CONSIDERANDO

Que dicha Ley, en su artículo 6 establece que el Poder Ejecutivo podrá establecer un régimen específico de subsidios para el enfermo canceroso que cubra los gastos derivados de su enfermedad como son el traslado, hospedaje, diagnóstico y tratamiento y alimentación en caso de carencia de recursos económicos propios y de su núcleo familiar.

Que en su artículo 8, según texto de la Ley 11.494, crea un Fondo Especial denominado “Fondo Provincial de Lucha contra el Cáncer”.

Que en su artículo 9, según texto de la Ley 11.494, faculta al Poder Ejecutivo la creación de Centros de Alojamiento para enfermos ambulatorios y terminales, y de sus familiares.

Que en su art. 11, establece que “El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, reglamentara la presente ley dentro de los ciento veinte (120) días de su publicación”.-

Que a pesar del tiempo transcurrido, aun no se ha cumplido con el dictado de la reglamentación de dicha Ley.-

Que el otorgamiento de subsidios y creación de Centros de Alojamiento para enfermos ambulatorios y terminales y de sus familiares previstos por esta Ley, son elementos esenciales para posibilitar su debido tratamiento por parte de pacientes de insuficientes recursos económicos.-

Que estamos convencidos que una temática de la naturaleza de las enfermedades oncológicas debe ser abordada desde diferentes flancos, y uno de ellos es la urgente reglamentación de la ley provincial 11.158, a efectos de poder dar efectivo cumplimiento a lo contenido en la misma.

Que en su art. 13° de la Ley, establece que “Los Municipios de la Provincia podrán adherir al Régimen de la Ley, y coordinar su aplicación con el Ministerio de Salud”.-

Por todo ello el BLOQUE DEL CONCEJAL DEL PARTIDO SOCIALISTA presenta el siguiente proyecto de RESOLUCION:

ARTICULO 1°.- Adherir al régimen de la Ley Provincial n° 11.158.-

ARTICULO 2°.- Dirigirse al Poder Ejecutivo del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, solicitando que proceda a la pronta reglamentación de la Ley 11.158, conforme se establece en su artículo 11.-

ARTICULO 3°.- Remitir copia a los Concejos Deliberantes de la Quinta Sección Electoral invitando a que se expidan en el mismo sentido de la presente Resolución.-

ARTICULO 4°.- De forma.