martes, abril 16, 2024

Nacionales

LEGISLATURA: Ley de Asociaciones Sindicales

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El Diputado Nacional del GEN-FAP Omar Duclós presentó un proyecto de Ley para modificar la Ley 23.551 de asociaciones sindicales con el objeto de garantizar la pluralidad y la democracia interna.

“El objetivo principal de este proyecto es suprimir la discriminación entre las asociaciones sindicales con personería gremial y las simplemente inscriptas, en la representación de los intereses colectivos de los trabajadores; asegurar la pluralidad con el efectivo ejercicio de la libertad de agremiación y profundizar la democracia interna, promoviendo la más amplia participación de los trabajadores”, explicó Duclós.

Cabe destacar que las restricciones impuestas por la actual Ley de Asociaciones Sindicales 23.551 a las entidades simplemente inscriptas, se contradicen con la manda constitucional que reconoce a los trabajadores en el art 14 bis, el derecho a «…la organización sindical libre y democrática» y así lo ha reafirmado la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declarando la inconstitucionalidad de los arts 41 inc a) y 31 inc a) de la mencionada norma, ante recursos interpuestos oportunamente por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE); como así también lo ha recomendado la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en el Convenio N°87.

Al respecto Duclós señaló que «lo que está en juego en definitiva es el modelo de organización gremial en nuestro país, si se mantiene el de sindicato único por actividad, que prevé la ley 23.551, con la injusta desigualdad en la capacidad de representación que le reconoce a las entidades gremiales según tengan personería o simple inscripción, o si por fin adecuamos la ley a la Constitución, la jurisprudencia y la OIT y establecemos un modelo plural, que respete la libertad sindical y facilite la participación democrática de los trabajadores en las organizaciones que libremente conforman.

Según advirtió el legislador: “Uno de los principales factores que alejan a los trabajadores de sus organizaciones sindicales es la falta de alternancia en la conducción. A consecuencia de las sucesivas e indefinidas reelecciones, pasan varias décadas sin que los dirigentes vuelvan a desempeñar la actividad o  profesión del rubro al que pertenecen, y hasta hay algunos que nunca fueron empleados de la actividad o profesión que representan”.

La Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales exige que «los estatutos contengan un régimen electoral que asegure la democracia interna», pero la realidad da cuenta de prácticas antidemocráticas arraigadas en muchos sindicatos que conducen a la perpetuación en el poder y a la configuración de una democracia meramente formal.

“La experiencia indica que dejar librados los mecanismos de la democracia sindical a los propios estatutos, sin establecer exigencias mínimas por ley, no permite asegurar de forma efectiva la democracia interna y la sana alternancia en los cargos”, argumentó Duclós.

En lo que hace a la ampliación de la democracia interna, entre los puntos principales del proyecto cabe destacar: La representación de las minorías en los órganos de dirección y administración y en congresos y cuerpos deliberativos; la elección de los integrantes de órganos directivos y de fiscalización en sindicatos locales y seccionales por el voto directo y secreto de los afiliados; y la elección de la autoridad electoral por el órgano deliberativo de la asociación sindical.

Asimismo, uno de los aspectos fundamentales (que no fue incluido en otras iniciativas sobre el tema) consiste en el límite que impone a la reelección de los miembros de las comisiones directivas, que únicamente podrán ser reelectos por un solo período consecutivo, con la posibilidad de una tercera postulación recién después de haber dejado pasar un período como mínimo.

Esto último, para poner freno a la perpetuación de los dirigentes y hacer efectiva la alternancia en la conducción.

Asimismo Duclós destacó que “la Justicia del Trabajo deberá resolver las disputas relacionadas con los comicios, atento su carácter de órgano independiente e imparcial, en lugar del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que detenta esas funciones actualmente”.

“Esta iniciativa no puede ser entendida como una intromisión en la vida de los sindicatos, sino como un conjunto de presupuestos mínimos para garantizar el carácter democrático de las entidades sindicales. Creo que hacer efectiva la democracia en el seno de los sindicatos no implica el debilitamiento de estas instituciones, sino el fortalecimiento de la relación entre los dirigentes y sus bases, y consecuentemente, el logro de una auténtica representatividad”, finalizó Duclós.