miércoles, abril 17, 2024

Locales

NECOCHEA Solicitan la nulidad del convenio colectivo de trabajo firmado por la Asociación de Guardavidas

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El pasado 9 de febrero el Lic. Guillermo Petersen presentó ante el Secretario de Conciliación del Ministerio de Trabajo de la Nación, Lic. Marcos Ambruso una nota solicitando la nulidad del convenio colectivo de trabajo firmado por la Asociación de Guardavidas.

La nota enviada es la siguiente:

“Tengo el agrado de dirigirme a usted con motivo de Solicitarle deje sin efecto y se declare sin aplicación en la zona del partido de Necochea-Quequén, el acuerdo denominado, convención colectiva de trabajo, según exp 1.355.801/09, pues carece de número y homologación.

El citado acuerdo, que no es un convenio colectivo de trabajo, lleva la participación de un sindicato que no nos representa, ni por injerencia jurisdiccional y ni por encontrarnos afiliados al mismo, y por un llamado sindicato único de guardavidas, que carece de personería gremial, y aún no se sabe si se encuentra meramente inscripto.

Que el citado acuerdo (mal llamado convenio colectivo de trabajo) para guardavidas, Carperos, ayudantes de Carperos y operarios de mantenimiento de playa, conculca las normas elementales de la libertad sindical prevista por la ley 23551 en su art. 31 inc A y c y por la ley 14250 y sus concertantes; desde que se ha celebrado con una entidad privada sin personería gremial. (Asociación de balnearios)

Dicha entidad, la asociación de balnearios, asociada a la cámara de comercio e industria de Necochea-Quequén, solo usufructúa la personería jurídica de la misma por el hecho de estar asociada, pero la misma no la habilita para firmar convenios colectivos de trabajo pues no posee personería gremial

Amén de esto último, la negociación es a la baja, denunciado en su oportunidad por el sindicato de guardavidas y Carperos (S.I.G.U.C.A) de Necochea.

Juan Di Russo firma por la asociación de guardavidas Necochea-Quequén, persona que se encuentra denunciada en los fueros, civil y contenciosos administrativo de la ciudad de Necochea, por desamparo sindical y connivencia con la patronal, con sentencia favorable a los guardavidas en cuestión.

Curiosamente solicita en el art.6, «la estabilidad en el cargo de los guardavidas».

Además, por cédula de notificación exp. 1-2015-1.019.011/98, del MTE Y SS, dicho ministerio público circunscribe a dicha asociación, solamente a los guardavidas de ambos sexos dependientes de la municipalidad y no así, la injerencia sobre los trabajadores privados. (Se adjunta fotocopia)

Por todo lo antes expuesto pido intervención urgente par convocar a la totalidad de los factores interesados, previa denuncia y expresa derogación de lo actuado al exp. 1.355.801/09.

La finalidad del MTE Y SS, es que se tome analógicamente la regulación de los guardavidas por el decreto 27/89 (decreto Cafiero), que regula las condiciones de ingreso, prioridad, trabajo y remuneración.

Intervención urgente, porque esta pseudo normativa celebrada, conculca la jerarquía del art. 31 de la constitución nacional y del art. 39 de la constitución provincial (principio de progresividad, porque regula condiciones de trabajo a la baja) violando el decreto Cafiero 27/89, aún vigente.

Sin otro particular saludo a usted muy atentamente.”