miércoles, abril 24, 2024

Locales

NECOCHEA 3º Salón provincial de pintura

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ecuadro562 DEL CASTELLO

La Dirección General de Cultura y Educación de la Municipalidad de Necochea organiza el “3er SALÓN PROVINCIAL DE PINTURA NECOCHEA.” La inauguración del Salón será el día 9 de octubre en el Salón de Actos de la Municipalidad de Necochea.

REGLAMENTO

Art. 1°.-

La Dirección General de Cultura y Educación de la Municipalidad de Necochea organiza el “3er SALÓN PROVINCIAL DE PINTURA NECOCHEA.” regido por el presente Reglamento a todos los artistas mayores de 18 años cumplidos a la fecha de inscripción.

La inauguración del Salón será el día 09 de octubre en el Salón de Actos de la Municipalidad de Necochea.

Art. 2°.-

Serán recibidas con destino al Salón obras originales con tema y técnica libre que deberán medir como máximo CIEN CENTÍMETROS (100 cm.) por CIEN CENTÍMETROS (100 cm)  y como mínimo SESENTA CENTIMETROS (60 cm) por SESENTA CENTÍMETROS (60 cm.), incluido marco si lo tuviere. Las obras no deben llevar vidrio y deberán estar aptas para exposición (tanza).

De la recepción de obras

Art. 3°.-

Las obras destinadas al “3er SALÓN PROVINCIAL DE PINTURA NECOCHEA” deberán ser enviadas entre el día 24 de agosto y el 18 de septiembre a: Dirección General de Cultura y Educación, calle 62 Nº 2191, Necochea (7630), Provincia de Bs. As., TE: (02262) 42-9909, de lunes a viernes de 8,00 a 14,00 hs.

Se recibirán obras de Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires.

Las obras deberán presentarse listas para ser exhibidas.

La Dirección de Cultura y Educación solo tendrá en cuenta las obras entregadas en la sede mencionada y no se hace responsable por aquellas que queden depositadas en sedes de transportes o terminales por no haber sido enviadas a la dirección correcta.

Art. 4°.-

Los participantes podrán remitir una sola obra.

Art. 5°.-

Al reverso de cada obra se deberá consignar: nombre y apellido, dirección, título de la obra, técnica, dimensiones, año de ejecución.

Art. 6°.-

Las obras que se remitan al Salón, deberán estar acompañadas de una carpeta que contenga, todos los datos personales del artista, más fotocopia del documento 1ª y 2ª  página, título de la obra, procedimiento, fecha de ejecución y currículum vitae con antecedentes actualizados a la fecha de presentación para los artistas que participan por primera vez del Salón Provincial.

Art. 7°.-

La Dirección General de Cultura y Educación velará por la buena conservación de las obras depositadas, pero de ninguna manera será responsable por su destrucción, deterioro, pérdida o extravío, hurto, robo, daños ocasionados a o por terceros, caso fortuito, fuerza mayor o cualquier otro siniestro ocurrido al o por el objeto entregado en depósito.

De la no-admisión

Art. 8°.-

No serán admitidas las siguientes obras:

  • Las que no cumplan con los requisitos establecidos en los art. 2, 4, 5 y 6.
  • Las obras presentadas por Jurados, sus familiares directos y toda persona que tenga  relación de dependencia con la Dirección de Cultura y Educación de la Municipalidad de Necochea y sus familiares directos.
  • Las obras que lleguen fuera del término previsto en el art. 3.
  • Las obras producidas por más de un autor.

Del retiro de obras

Art. 9°.-

Los artistas que no fueran seleccionados deberán retirar sus obras en el lapso de diez (10) días posteriores a partir de la actuación del Jurado. Transcurrido este plazo las obras serán remitidas a los domicilios de los respectivos autores con transporte a pagar en destino.

Art. 10°.-

Clausurado el Salón, las obras expuestas deberán ser retiradas dentro de los quince (15) días posteriores a la clausura. Vencido este plazo, los trabajos quedarán  a disposición de la Dirección General de Cultura y Educación de la Municipalidad de Necochea

Art. 11°.-

La Dirección General de Cultura y Educación no se hará cargo por los deterioros que pueda ocasionar la devolución de obras.

Del Jurado

Art. 12°.-

El Jurado de Selección y Premios estará constituido por tres miembros nominados por la Dirección General de Cultura y Educación de la Municipalidad de Necochea, quienes deberán poseer antecedentes notorios y reconocida actuación en la disciplina.

Art. 13°.-

Será tarea del Jurado la selección y otorgamiento de los premios que se estipulen.

Art. 14°.-

El voto del Jurado es obligatorio y, tanto para la selección como para la adjudicación de recompensas, será por simple mayoría de votos.

Art. 15°.-

De las actuaciones de los Jurados se labrará el acta correspondiente en la que se dejará constancia de cada voto y demás ampliaciones de concepto que el Jurado estime consignar. Una vez firmada por el Jurado será definitiva y no podrán reverse las decisiones que consten en la misma.

Art. 16°.-

El fallo del Jurado es inapelable.

Art. 17°.-

Las obras seleccionadas serán exhibidas en el Salón de Actos de la Municipalidad de Necochea entre el 09 de octubre al 23 de octubre de 2009.

De los premios

Art. 18°.-

  • PRIMER PREMIO (adquisición)………………………. $ 1.500
  • SEGUNDO PREMIO……………………………………. $ 700
  • TERCER PREMIO……………………………………… $ 300
  • El Jurado podrá establecer Menciones si lo creyera conveniente

Art. 19°.-

Los montos establecidos en el art. 18 que fueran declarados desiertos serán destinados, repartidos en partes iguales, a las cooperadoras de las Escuelas Municipales de Artes.

Art. 20°.-

Un miembro designado por la Dirección General de Cultura y Educación asistirá a los Jurados en su labor, con la facultad de hacer cumplir el presente Reglamento.

Art. 21°.-

Todo caso no previsto en la presente reglamentación será resuelto por la Dirección General de Cultura y Educación de la Municipalidad de Necochea.

RECEPCIÓN DE OBRAS: 24 de agosto, al 18 de septiembre de 2008.

INAUGURACIÓN: 09 de octubre de 2008.

CLAUSURA: 23 de octubre de 2008.